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martes, 3 de junio de 2014

GUINNESS Bibliotecario [paradojas??]


LEY Nº 14.250 (t.o. 2004)  Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo
Los Bibliotecarios Argentinos Tenemos  la rarísima paradoja, digna del GUINNESS, poseemos  una Organización Sindical  (ABGRA,) con PERSONERÍA  GREMIAL N* 354/60 desde hace 54 años, empero  no representan convencionalmente a ningún bibliotecario….para que se entienda va un  ejemplo: Tomemos a los bibliotecarios dependientes  de la Biblioteca Nacional, quien te parece que los representa ….ABGRA ya dijimos que no, en cambio lo hacen de manera supletoria UPCN o ATE…o sea con el debido y agradecido respeto  estas  dos entidades que se ocupan de lo que nosotros no nos ocupamos…llenan el vacío que la Dirigencia de ABGRA no desempeña…[ y siguen los ejemplos…]
CAPITULO I
CONVENCIONES COLECTIVAS
ARTICULO 1º.- Las convenciones colectivas de trabajo que se celebren entre una asociación profesional de empleadores, un empleador o un grupo de empleadores, y una asociación sindical de trabajadores con personería gremial, se rigen por las disposiciones de la presente ley.
Sólo están excluidos de esta ley los trabajadores comprendidos en las Leyes Nº 23.929 y Nº 24.185, en tanto dichas normas regulan sus propios regímenes convencionales."
ARTICULO 2º.- En caso que hubiese dejado de existir la o las asociaciones de empleadores que hubieran acordado la anterior convención colectiva o que la existente no pudiere ser calificada de suficientemente representativa o que no hubiere ninguna, la autoridad de aplicación, siguiendo las pautas que deberán fijarse en la reglamentación, atribuirá la representación del sector empleador a un grupo de aquellos con relación a los cuales deberá operar la convención o tener como representantes de todos ellos a quien o a quienes puedan ser considerados legitimados para asumir el carácter de parte en las negociaciones.
ARTICULO 3º.- Las convenciones colectivas deberán celebrarse por escrito y consignarán:
a) Lugar y fecha de su celebración.
b) El nombre de los intervinientes y acreditación de sus personerías.
c) Las actividades y las categorías de trabajadores a que se refieren.
d) La zona de aplicación.
e) El período de vigencia.
f) Las materias objeto de la negociación.

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